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Reconocimiento de los Pueblos Originarios

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Durante el invierno de 1994, representantes de Pueblos Originarios venidos de distintos puntos de todo el país llegaron a la ciudad de Santa Fe para participar, luego de años de lucha, de un importante acontecimiento histórico que marcaría un antes y un después en el reconocimiento de los Pueblos Originarios por parte del Estado: la Convención Nacional Constituyente trataría la incorporación de los derechos Indígenas en la Reforma de la Constitución Nacional.

Iniciado el proceso convencional, fueron protagonistas importantes en el trabajo desarrollado. Su presencia continua durante el transcurso de la discusión fue crucial para el logro de sus objetivos.

Viajaron miembros de los Pueblos Chané, Mbya Guaraní, Tupi Guaraní, Kolla, Mapuche, Mocoví, Pilagá, Qom, Diaguita Calchaquí, Tapiete y Wichí, quienes no claudicaron ni un momento. A mediados de junio, el tema Indígena empezó a tratarse en la Comisión de Nuevos Derechos y Garantías, donde se elaboró el texto que pasó a la Comisión de Redacción.

Finalmente, el 11 de agosto de 1994, se aprueba por unanimidad el inciso 17 del artículo 75, que reconoce la preexistencia de los Pueblos Originarios, garantiza sus derechos y asegura su participación en todos los temas de interés para sus Comunidades, un gran logro y respaldo legal. “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural.

Reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”. Una aseveración constitucional que comenzó, hace 27 años, para saldar parte de la deuda histórica del Estado argentino con los Pueblos Originarios.